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¿Están protegidos los contenidos de tu página web?

Tenemos protegida nuestra marca, tal vez nuestro nombre de dominio. ¿Pero puedo y debo proteger las fotografías, gráficos o textos? La respuesta es afirmativa, protégelos.

Patxi Fontalba

Desde Herrero Digital llega este post que nos resuelve algunas de nuestras dudas fundamentales a la hora de publicar contenidos en una página web. ¿Puedo copiar alegremente una foto que me gusta de otra página web o incluso de una publicación en papel? ¿Puedo copiar un aviso legal o descripción de un servicio? ¿Pero y si los contenidos son originales y los hemos generado nosotros? Protégelos.

A continuación reproducimos el contenido original del post de Paz Martín, publicado recientemente aquí: http://www.herrerodigital.com/blog/como-proteger-los-contenidos-de-una-web/

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¿Cómo proteger los contenidos de una web?

¿Cómo proteger los contenidos de una web?

Probablemente una de las últimas cosas que uno se plantea en una web es la protección de los contenidos. A lo mejor hemos protegido la marca, por supuesto, el nombre de dominio pero ¿y las fotografías, gráficos, esquemas, textos? ¿Se pueden y se deben proteger? La respuesta es afirmativa, sobre todo si somos una empresa y los contenidos proceden de diferentes fuentes: empleados, proveedores, colaboradores, etc.

Es habitual la reclamación por el uso inconsentido de imágenes en páginas web (normalmente por parte de bancos de imágenes) bien porque se han “cogido” sin el permiso de sus propietarios o porque no se ha regulado bien los límites de su utilización. En las relaciones laborales y sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Propiedad Intelectual conviene regular qué creaciones del empleado estarán dentro de la relación laboral y por lo tanto pasarán a ser titularidad de la empresa. Igualmente, utilizar imágenes o textos de terceros debe arrancar la reflexión de si se cuenta con el consentimiento de su titular para este soporte.

Las fotografías de alta resolución y con cierta calidad no suelen estar disponibles: es necesario pagar por ellas. Y lo mismo sucede con los textos: una cosa puede ser el derecho de cita (muy restringido tras la última reforma de la Ley de Propiedad Intelectual) y otra distinta la integración de un contenido específico y autónomo en una web.

Lo aconsejable siempre es proteger mediante un depósito de copyright o registro de propiedad intelectual. Igualmente conviene regular por escrito las autorizaciones, especialmente si utilizamos los contenidos de terceros: no es lo mismo firmar una autorización por tiempo indefinido que para un uso concreto o para territorio español o para todo el mundo.

En definitiva, no cuesta nada reflexionar sobre estos temas y consultar sobre si las cosas se están haciendo bien. Recordemos que los derechos de autor tienen una vida muy larga.

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