Te han contado que necesitas formularios para captar leads. Es cierto. Pero ubicar un formulario para recoger los datos personales de un visitante puede salirte muy caro sino cumples la actual legislación en Protección de Datos de Carácter Personal.
A continuación reproducimos el contenido original del post de Paz Martín, publicado recientemente en Herrero Digital, en la siguiente dirección: http://www.herrerodigital.com/blog/me-pueden-sancionar-por-recoger-datos-personales-en-mi-web/
¿Me pueden sancionar por recoger datos personales en mi web?
Una buena forma de construir una base de datos puede ser recoger datos personales de los visitantes de la web a través de diferentes mecanismos: una newsletter con suscripción, una promoción de servicio o la simple petición de información. La forma más habitual de realizar esta recogida es a través de un formulario que el propio usuario rellena. Ahora bien, el mero hecho de recoger datos sin hacer ninguna otra advertencia podría estar incumplimiento la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) que exige INFORMAR a los titulares de los datos (los usuarios) de una serie de cosas antes de enviar los datos a quien está haciendo dicha recogida.
No informar puede conllevar una multa de entre 900 y 40.000 euros que impone la Agencia Española de Protección de Datos a través de un procedimiento sancionador.
No informar puede conllevar una multa de entre 900 y 40.000 euros que impone la Agencia Española de Protección de Datos a través de un procedimiento sancionador.
¿Necesitas (realmente) rediseñar tu sitio web?
Ebook gratuito
¿Sobre qué hay que informar a la hora de recoger datos en un formulario web?
El artículo 5 de la LOPD establece que debe informarse:
- Sobre quien recoge los datos
- Si todos los datos que se solicitan son obligatorios o no
- Para qué se recogen, es decir, la finalidad de los datos
- Si esos datos van a ser objeto de cesión a terceros
- La dirección o lugar a los que se puede dirigir el usuario para ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
La mejor forma de informar al usuario es a través de una cláusula o aviso legal que el usuario declare haber leído a través de un botón de “acepto” o similar. De esta forma, no sólo se habrá cumplido el deber de información sino que además habremos recabado el consentimiento de forma “inequívoca” tal y como exige la LOPD.
Comentarios
No hay comentarios